Capitulaciones matrimoniales
Desde Hestia Abogados trabajamos en todo lo relativo a sus capitulaciones matrimoniales, de modo que, tras la unión matrimonial, quede garantizada la igualdad de derechos y beneficios económicos entre ambos cónyuges.
Este tipo de contrato conocido como Capitulaciones Matrimoniales es otorgado por los contrayentes y en él queda reflejado el régimen económico matrimonial por el que se regirán tanto el patrimonio de los contrayentes como cualquier otra renta, bien o especificidad que pueda surgir a raíz del enlace matrimonial.
A pesar de que desde el momento de la firma de dicho contrato este quedará inscrito en el Registro Civil junto a la documentación que certifica el enlace, si ambos cónyuges están de acuerdo sobre alguna modificación estos capítulos matrimoniales podrán ser modificados en cualquier momento.
En la actualidad, los posibles regímenes económicos del matrimonio que aparecen recogidos en el Código Civil son los tres casos descritos a continuación:
Régimen de gananciales
No es otra cosa que el depósito común de cualquier bien, ganancias o beneficios conseguidos por ambos cónyuges en un fondo o sociedad de pertenencia mutua. Los fondos son desde ese momento propiedad de ambos contrayentes que, de forma equitativa y conjunta deberán hacer frente a los gastos de la familia o unidad familiar.
Entre los motivos por los que puede quedar resuelto este contrato de régimen de gananciales se citan la finalización del matrimonio objeto del contrato, el fallecimiento de uno de los cónyuges, el nuevo acuerdo o modificación consentido por ambos cónyuges, la nulidad matrimonial o una decisión judicial de otra índole.
Régimen de separación de bienes
La independencia económica de los cónyuges es lo que persigue este tipo de régimen. Este acuerdo consiste en la salvaguarda de la potestad de cada uno de los cónyuges para gestionar de la forma que crea conveniente su patrimonio tanto previo como posterior al matrimonio. De la misma manera, en caso de las deudas contraídas, cada miembro será responsable de las que le correspondientes.
Régimen de participación
Este régimen se fija a partir de la realización de un catálogo o registro inicial donde cada referido lo que cada cónyuge aporta al matrimonio. Esto supone que cada uno de las personas que forman la pareja puede proteger su derecho a recibir una fracción previamente acordad de los beneficios ganados por el otro miembro disponiendo, además, de independencia a la hora de gestionar sus respectivos bienes. Si el matrimonio llega a su fin, se realiza un inventario final para acordar el reparto.
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